Ciudad De México, 22 de abril de 2026.- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México dictó sentencias condenatorias en contra del diario unomasuno por haber negado el derecho de réplica promovido por Carlos Alberto Torres Torres. El juez Hugo Roberto Pérez Lugo determinó que el actor cumplió con los requisitos legales para ejercer su derecho y que el medio de comunicación incumplió con su obligación de rectificar la información publicada.
En la resolución, firmada el 16 de abril de 2026 por el juez Pérez Lugo y la secretaria Ximena Betzabe López Dávila, se condenó al diario a publicar íntegramente el reclamo de Carlos Alberto Torres Torres. Además, el juzgador estableció que el periódico deberá otorgar el derecho de réplica con el mismo despliegue en su edición impresa y plataformas digitales.
El fallo impone al diario el pago de sendas multas consistentes en 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes en la fecha en que se realice el pago, monto que al día de hoy asciende a 58 mil 655 pesos. Asimismo, la empresa editorial deberá absorber todos los gastos derivados del proceso legal.
Uno de los procedimientos está relacionado con una nota publicada el 18 de octubre de 2025 intitulada “Carlos Torres, esposo de la gobernadora de BC, cuenta con orden de aprehensión en EE. UU.”. El otro juicio civil fue promovido por una nota difundida el 10 de noviembre de 2025 bajo el titular “Investigaciones a esposo y cuñado de Marina del Pilar Ávila incluyen huachicoleo y lavado de dinero”.
Según las fuentes consultadas, el juzgador determinó que el medio difundió información no verificada y carente de sustento fáctico. Mientras que algunas versiones señalan que la sentencia acredita que Torres fue víctima de difamación, la fuente zetatijuana.com precisa que el caso se trató específicamente de la negativa del diario para otorgar el derecho de réplica.
