Estudio determina que el cargamento del navío ‘Oriflame’ hundido en 1770 pertenece al Estado español

Ciudad De México, 17 de junio de 2026.- Un estudio histórico y legal titulado ‘El navío Oriflame: un tesoro cultural hundido frente a las costas de Chile’, elaborado por Vicente Ruiz García, asesor de la Cátedra de Historia y Patrimonio Naval, concluye que el cargamento del barco español ‘Oriflame’, hundido en 1770, “pertenecía a la Real Hacienda de la monarquía de Carlos III de España y de que no existe ninguna evidencia para que terceros puedan reclamar este cargamento”.

Según el experto, “el heredero legítimo del tesoro hundido y de la mayor y más preciada carga del pecio naufragado en la región de Maule (Chile) sería, en caso de rescate, el Estado español”. No obstante, Ruiz García admite que el “pecio pertenece a la Humanidad”.

El navío, originalmente francés de 54 cañones botado en Tolón en 1744 y participante en la batalla de Cartagena de Levante en 1758, fue capturado por los ingleses en 1761. Posteriormente, el comerciante José Villanueva y Pico lo adquirió en Gibraltar para convertirlo en un mercante de la Carrera de Indias, rebautizándolo como ‘Nuestra Señora del Buen Consejo y San Leopoldo’, aunque conservó el alias de ‘Oriflame’.

Tras realizar un primer viaje comercial a La Habana y Veracruz en 1763 y ser adquirido en 1765 por la casa comercial Uztáriz Hermanos y Compañía, la embarcación zarpó el 18 de febrero de 1770 desde Cádiz con destino al Callao, en el virreinato del Perú, bajo el mando del capitán Joseph Antonio de Alzaga. A bordo viajaban 176 personas entre tripulación y pasaje.

El ‘Oriflame’ se hundió frente a las costas de Chile cargado con 1.478 cajones de cristalería de la Real Fábrica de la Granja de San Ildefonso de Segovia, además de joyas y otros objetos valiosos. Todos los tripulantes fallecieron en la catástrofe y las cajas nunca fueron recuperadas.

En 2005, una empresa cazatesoros anunció haber localizado el lugar del hundimiento y mostró disposición para extraer la carga, pero la justicia chilena denegó el permiso. Cabe destacar que, según la Convención de la Unesco en su artículo 32, los barcos de guerra hundidos pertenecen a los Estados, mientras que los comerciales no; el ‘Oriflame’ operaba como mercante al momento del siniestro.

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